¿Sabías que como madre trabajadora tienes derecho a que tu empleador te proporcione una sala cuna? Sí, así como lees, tú como madre debes exigir este derecho, pero antes debes saber cómo funciona. Todo sobre este tema a continuación.
- ¿Qué es el derecho a sala cuna?
- ¿Cuándo comienza el derecho a sala cuna?
- ¿Cuándo termina el derecho a sala cuna?
- ¿Cómo funciona el derecho a sala cuna?
- ¿Qué días funciona el derecho a sala cuna?
- ¿Qué horarios cubre el derecho a sala cuna?
- Soluciones al horario, fin de semana y festivo
- Derecho de sala cuna para el padre
- Cambio de sala cuna por bono
¿Qué es el derecho a sala cuna?
Es el derecho de toda trabajadora, con un hijo menor de dos años, a que su empleador le proporcione una sala cuna. La idea de este derecho, es que la mujer tenga un lugar para dejar a su hijo mientras se encuentra en el trabajo.
Este derecho solo corre si tu empleador tiene 20 o más trabajadoras. Si en la empresa donde trabajas hay menos de 20 mujeres trabajando, entonces este derecho no existe.
¿Qué ocurre si el número de trabajadoras disminuye?
Esta pregunta es muy importante. Lamentablemente si el número de trabajadoras baja de 20, tu empleador deja de tener la obligación de mantener la sala cuna y por lo tanto se pierde también ese derecho para las mujeres que ahí trabajan.
Lo anterior ocurre aunque este derecho haya existido antes y se encuentre vigente. ¿Qué quiere decir esto? Que si te están por ejemplo pagando la sala cuna y al mes siguiente baja de 20 la cantidad de mujeres contratadas, tu empleador puede dejar de pagar este beneficio.
¿Cuándo comienza el derecho a sala cuna?
Esta es una muy buena pregunta. El derecho a sala cuna comienza a correr desde el nacimiento de tu hijo, pero claro en ese periodo la mujer estaría con postnatal. ¿Por qué usaría entonces este derecho?
El postnatal es un periodo que se usa para que la madre esté con su hijo, pero si por alguna razón, por ejemplo una enfermedad de la madre, ella no puede cuidarlo durante el día, podría hacer uso del derecho a sala cuna.
Más allá de este caso específico, lo normal es que el derecho se utilice cuando la madre vuelve al trabajo después del postnatal.
¿Cuándo termina el derecho a sala cuna?
El derecho a sala cuna termina cuando tu hijo cumple dos años.
¿Corre el derecho a sala cuna durante mi postnatal?
Sí, el derecho a sala cuna existe aunque estés en tu postnatal.
¿Cómo funciona el derecho a sala cuna?
Ya sabemos qué es este derecho y quiénes pueden acceder a él, pero ¿cómo funciona en la práctica? En la práctica tu empleador tiene 3 formas de hacer valer este derecho.
La primera opción es construir o habilitar una sala cuna en el mismo lugar de trabajo. Esta opción debe cumplir con todos los requisitos técnicos y legales de una sala cuna.
La segunda opción consiste en crear y mantener una sala cuna anexa e independiente del lugar de trabajo. ¿Cómo funciona esto? Simple, tu empleador, fuera de la oficina (no importa si es en la casa de al lado, en otro piso del edificio o más lejos) debe tener a su nombre una sala cuna con todo el personal capacitado para que sus trabajadoras dejen a sus hijos.
Por último el empleador puede pagar directamente los gastos de mensualidad y matrícula de una sala cuna para que las trabajadoras lleven a sus hijos.
Sobre este punto, será el empleador quien decida qué sala cuna será la que esté asociada a la empresa y a la que las trabajadoras pueden llevar a su hijo (no la eligen las trabajadoras). El único requisito es que se encuentre en la misma región.
¡Ojo! Si tu llevas a tu hijo a otra sala cuna, no a la que designo tu empleador, él no está en la obligación de pagar por este derecho o servicio.
Ubicación de la sala cuna
La ley no es específica en este sentido, pero entendiendo que se tomará la opción 2 o 3 (mantener una sala cuna fuera del lugar del trabajo o pagar una sala cuna), el empleador deberá considerar una lugar dentro de la misma región y ojalá dentro de la misma comuna.
Recordemos siempre que este es un derecho que debe facilitarle la vida a la madre, no complicarla.
Pago de movilización
Si la sala cuna se encuentra fuera del lugar de trabajo y requiere movilización por ejemplo para que la madre vaya a dejar a su hijo o se ausente del trabajo para alimentarlo, entonces será el empleador quien deberá sumar a tu sueldo este gasto como un bono de movilización.
El bono debe cubrir el total de lo que gastarás mensualmente en movilización por ir a la sala cuna.
¿Qué días funciona el derecho a sala cuna?
El derecho a sala cuna tiene como objetivo que la mujer pueda dejar a su hijo en un lugar mientras trabaja. Considerando lo anterior, este derecho debe cumplirse todos los días que la trabajadora deba asistir a su empleo.
¿Qué quiere decir lo anterior? Que si la madre del menor debe trabajar un sábado o un domingo, entonces el empleador debe proporcionar sala cuna durante esos días.
Si a la mujer le corresponde trabajar un feriado, entonces se deberá también proporcionar sala cuna en ese día feriado.
¿Qué horarios cubre el derecho a sala cuna?
Así como el derecho de sala cuna debe cubrir todos los días en que la mujer trabaja para su empleador, debe cubrir también todos los horarios laborales de esa mujer.
¿Qué quiere decir esto? Que si a la trabajadora le corresponde cubrir un horario nocturno, entonces será obligación del empleador brindarle una sala cuna en ese horario.
Soluciones al horario, fin de semana y festivo
De los dos puntos anteriores queremos aclarar que es responsabilidad del empleador buscar una alternativa a la sala cuna.
Puede ser muy difícil encontrar un lugar para un fin de semana, feriado o turno nocturno, pero es el empleador quien debe preocuparse de solucionar este tema, no la trabajadora.
Una alternativa muy común es modificar el contrato de trabajo para regularizar los turnos de la persona y que sean de lunes a viernes en un horario más normal.
Derecho de sala cuna para el padre
Como hemos reiterado en este artículo, es derecho del empleador de la madre proporcionar la sala cuna, no del empleador del padre. Pero ¿qué ocurre si la madre fallece?
Si la madre fallece, el padre puede exigir este derecho a su empleador, siempre y cuando se cumpla con el requisito de que éste (su empleador) tenga contratadas a 20 o más mujeres.
¡Ojo! Lo mismo ocurre si es otra persona a quien por motivos legales se le concedió la tuición del menor. Si es la abuela o un tío por ejemplo quien tenga la tuición legal, esta persona puede pedir el beneficio si es que se cumple el requisito de las 20 o más mujeres contratadas.
Cambio de sala cuna por bono
Llegamos al último punto sobre este artículo. ¿Se puede cambiar el derecho a sala cuna por un bono que compense este derecho?
La verdad es que por ley no se puede, es un derecho irrenunciable, pero en algunos casos muy específicos la Inspección del Trabajo ha permitido que esto ocurra.
Cuando este ocurre (son muy pocas las ocasiones), el empleador debe otorgar un bono equivalente al pago mensual de una sala cuna hasta que el menor cumpla los 2 años de vida.
¿Cuándo ha ocurrido esto? Los ejemplos más recurrentes son:
- Que la mujer trabaje en localidades en las que no existe ningún establecimiento de sala cuna con las autorizaciones legales.
- Que la mujer trabaje en una faena minera.
- En los trabajos en los que por la naturaleza del servicio no se pueden saltar los turnos nocturnos.
- En casos médicos en donde se recomiende que el niño no asista a una sala cuna.