¿Cómo funciona la jornada laboral en Chile? ¿Cuánto debe durar y cómo está dividida? Todo lo que debes saber sobre la jornada de trabajo en este artículo que hemos preparado para ustedes.
¿Qué es la jornada laboral?
La jornada laboral o de trabajo, es el tiempo durante el cual un trabajador (tú o yo por ejemplo) le presta servicios a una empresa, según lo que dice el contrato.
¿Por qué según lo que dice el contrato? Porque será el contrato de trabajo el que establezca los días, horas y reglas de tu presencia laboral, siempre y cuando siga las reglas que dice la ley (las veremos más adelante).
Del punto anterior hay una frase interesante: “le presta servicios”, es decir el trabajador está realizando una tarea. Pero ¿qué ocurre si el trabajador está en el lugar de trabajo haciendo nada? ¿esto está considerado también dentro de la jornada laboral? Sí, esto se llama jornada laboral pasiva y la explicamos a continuación.
Tipos de jornada laboral
Como dijimos en el punto anterior, durante la jornada laboral, el trabajador puede estar o no estar realizando servicios (realizando un trabajo) para la empresa. De esto, nacen dos tipos de jornadas laborales, la activa y la pasiva. ¿En qué se diferencian? Lo revisamos.
Jornada activa
Es la más típica y ocurre durante todo el periodo en que vas a la oficina o al lugar de trabajo y realizas tus funciones.
Voy, llego en la mañana, me siento en el computador y realizo mis tareas. Este caso típico es considerado una jornada de trabajo activa.
Jornada pasiva
Son los casos en que por fuerza mayor, tú como trabajador vas a tu lugar de trabajo pero no realizas tus funciones.
Un ejemplo de esto sería que no hubiera luz, que no tuvieras computador para trabajar, que no estuvieran disponibles las herramientas para tu trabajo, etcétera.
Importancia de la jornada pasiva y activa
¿Por qué es tan importante este punto? Conocer ambos tipos de jornada es clave, porque muchas veces, los empleadores buscan aprovecharse del trabajador y no pagar la jornada pasiva (las horas en que no se trabajó), a pesar de que no fue culpa de la persona que no existieran los elementos básicos para desarrollar la tarea asignada.
Si este es tu caso por favor acércate a realizar la denuncia correspondiente a la Inspección del Trabajo y si no hay una resolución busca un abogado para entablar una demanda.
Duración de la jornada laboral
En Chile existen distintas jornadas laborales dependiendo del rubro y el trabajo, pero en este artículo tocaremos la más común, la jornada ordinaria. Es quizás la más típica, la que conocemos todos y a la que la mayoría pertenecemos.
¿Qué dice la ley al respecto sobre esta jornada laboral? Dice que se mide en el lapso de una semana, que generalmente inicia el día lunes (puede iniciar otro día), que sí o sí debe tener un día de descanso (o más) y no puede superar las 45 horas de trabajo semanales (puede tener menor horas).
¿Qué significa todo lo anterior? Desglosemos punto por punto y veamos sus características.
Características de la jornada laboral
- Se mide semana a semana: esto quiere decir que tu semana comienza el día uno y se acaba el día siete. Si comienza el lunes, termina el domingo.
- Debe tener un día de descanso: Por ley todas las personas tienen derecho a descansar mínimo un día a la semana y máximo dos días. Si trabajas de lunes a viernes, tus días de descanso serán el sábado y el domingo. Si trabajas de lunes a sábado, entonces tu día de descanso será el domingo.
- Domingo día de descanso: por regla general, salvo en casos muy específicos, el día domingo es considerado como día de descanso para todos los trabajadores.
- No puedes trabajar todos los domingos: Si bien los domingos son días de descanso, tu empleador puede pedirte trabajar un domingo (se paga como hora extra). Bien, de ser así, que te pidan trabajar un domingo, no pueden hacerte trabajar más de dos domingos en un mismo mes.
- No puede superar las 45 horas: en cuanto a las horas trabajadas semanalmente, no pueden ser más de 45. Generalmente (no siempre) estas 45 horas se dividen en 5 días, lo que te da una jornada de 9 horas de trabajo diarias. Si este es el caso y tu contrato dice que entras a las 8, entonces deberías retirarte de la oficina a las 17 horas. ¿Por qué a las 17:00 y no a las 16:00? Porque hay que sumar la hora de almuerzo.
- No puedes trabajar más de 10 horas: Ya sabemos que tu jornada semanal es de 45 horas, pero no te pueden hacer trabajar más de 10 horas diarias. ¿Qué quiere decir lo anterior? Que no podría negociar por ejemplo ir de lunes a miércoles, ya que si así fuera, tendría que trabajar 15 horas todos los días.
- No puedo trabajar menos de 5 días: lo mismo del punto anterior. La cantidad mínima de días que puedo trabajar son 5. ¿Por qué? Porque si trabajo menos de 5 días, entonces mi jornada diaria superaría las 10 horas de trabajo.
- Se puede dividir en 6 días: como dijimos en el punto anterior, generalmente la jornada se divide en 5 días, pero tu empleador podría dividirla en 6. Esto significaría por ejemplo trabajar de lunes a sábado. Si este es tu caso, tu jornada diaria sería de 7 horas y 30 minutos. ¿por qué? Porque semanalmente no puedes trabajar más de 45 horas (si entras a las 8:00, saldrás del trabajo a las 15:30 horas sumando tu hora de almuerzo).
- El contrato lo define todo: sí, como dice el título, en tu contrato debe estar establecido cuántos días a la semana trabajarás y cuál será tu horario de entrada y de salida.
La hora de almuerzo
Ya sabemos que la típica jornada laboral, la que todos conocemos y a la que la mayoría de nosotros pertenece, dura 45 horas semanales que pueden ser repartidas en 5 o 6 días dependiendo de cada caso. Pero ¿qué ocurre con la hora de almuerzo?
La ley obliga a que la jornada de trabajo se divida en dos con un descanso al medio para que los trabajadores puedan almorzar, cenar o comer algo (según el horario que corresponda) con el objetivo de descansar y reponer fuerzas.
Sobre la jornada de almuerzo es importante tener dos puntos muy claros:
- Debe ser a mitad del día, no puede ser en la mañana ni tampoco al final de tu jornada.
- Debe durar como mínimo 30 minutos y no existe un máximo establecido.
- No se resta de tu jornada laboral, es una hora o media hora extra que se suma al tiempo que estarás en tu trabajo.
Pongamos un ejemplo para que se entienda: Sobre el primer punto (el horario en el que ocurre la hora de almuerzo) no te podrían decir que la tomes cuando llegas, por ejemplo que te comas un gran desayuno para luego trabajar tu horas correspondientes de manera seguida y sin descansar.
Sobre el segundo punto no hay mucho que explicar, es la duración y la establecerá tu empleador cuando te contrate.
Sobre el tercer punto lo más claro será con un ejemplo. Si mi jornada laboral es de lunes a viernes, de 45 horas semanales y trabajo 9 horas diarias. ¿cuántas horas estaré en mi lugar de trabajo? Estaré 10 horas. ¿Por qué? Porque a las 9 horas de trabajo debo sumarle 1 hora de almuerzo (no se resta de tu jornada).
En definitiva, si entro a las 8:00, mi jornada podría estar dividida así: 8:00, 9:00, 10:00, 11:00, 12:00, 13:00, 14:00 (hora de almuerzo), 15:00, 16:00, 17:00.
Horario de trabajo
Como explicábamos en el punto anterior, tu horario de trabajo dependerá del acuerdo al que llegues con tu empleador (lo que diga tu contrato) y cómo esté establecida tu hora de almuerzo.
- Primero deberán definir cuántas horas a la semana trabajarás (no más de 45 y no menos de 30)
- Luego deberán definir que días trabajarás (de lunes a viernes, de lunes a sábado, etcétera)
- Con los dos punto anteriores, deberán luego definir cuál será tu horario: trabajarás de 8:00 a 18:00, de 9:00 a 19:00, de 10:00 a 20:00, etcétera.
Para el último punto (el horario de trabajo) será importante considerar la hora de almuerzo. Si tu hora de entrada es a las 8:00, pero tu horario de almuerzo es de solo 30 minutos, entonces tu horario de salida será a las 17:30.
Descanso entre jornadas
Este punto también es importante: ¿cuánto debe pasar entre que me retiro de mi trabajo y vuelvo al otro día? ¿Si salgo a las 22:00 del trabajo pueden obligarme a volver a las 04:00?
La verdad es que sobre este punto la ley no es específica, pero los jueces han fallado ya en varios casos y se entiende (sin decirlo específicamente), que entre cada jornada debe existir sí o sí un tiempo de descanso y que sea equivalente al tiempo en que se trabajó, es decir, por lo menos 9 horas de separación entre una jornada y otra.
Tomando el mismo ejemplo del primer párrafo, si me retiro de mi trabajo a las 22:00, no me pueden hacer volver al trabajo antes de las 7:00 del otro día.
Las horas extra
¿Se acuerdan que dijimos que la jornada diaria no podía superar las 10 horas de trabajo y el máximo semanal era de 45 horas? Bien, en algunos casos podría superar este periodo (más de 10 horas diarias y más de 45 semanales) y de ser así, las horas que estén sobre tu jornada diaria pasarían a ser horas extraordinarias (horas extra) y te las tendrían que pagar.
Ojo que cada una de estas horas extra vale tu hora de trabajo más un 50% de esa hora.
¿Cómo se miden los horarios de entrada y salida?
Otro punto muy importante y que deben tener en consideración: ¿cómo se miden los horarios de entrada y salida? ¿cuál es el sistema de control que exije la ley?
La ley dice que se debe tener o un libro de asistencia personal, un reloj control con tarjetas o un sistema electrónico de huella digital.
- Libro de asistencia: un libro donde cada empleado escribirá a mano su horario de entrada y su horario de salida.
- Reloj control: un máquina que al insertar una tarjeta, marcará electrónicamente el horario de entrada y de salida de la persona.
- Huella digital: esta es una máquina que al poner tu dedo índice marca el horario de entrada y salida.
¿Por qué es tan importante este punto? Muchos podrían decir que quizás esto le importe más al empleador que al empleado, pero ¡ojo! es clave que tu empleador tenga estos sistemas y lleve un registro de tus horas, ya que si no queda por escrito, después pueden no pagarte las horas extra o decir que trabajaste menos y despedirte e incluso descontarte horas diarias de tu sueldo.